REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO.
ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO: GESTIÓN COVID 19
Finalidades del Tratamiento:
Gestionar los documentos e informaciones que se reciban en relación con las afecciones provocadas por la COVID 19, las actuaciones necesarias para la protección y preservación de la salud y la vida ante la actual situación sanitaria originada por la COVID 19, la adopción de medidas de seguridad y planes de detección, valoración, prevención y autoprotección en el entorno institucional, laboral e instalaciones de la Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda, S.L.U. así como la colaboración con las autoridades sanitarias.
Base Jurídica del Tratamiento:
- Cumplimiento de una obligación legal: Artículos 6.1.c) RGPD y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física: Artículos 6.1.d) RGPD
- Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento: Artículos 6.1.e) RGPD y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Tratamiento de categorías especiales de datos personales: Art. 9.2. b),c),g),h),i)y j) RGPD y Disposición adicional decimoséptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Legitimación del Tratamiento:
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (artículo 26)
• Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (artículo 3)
- Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (artículos 8-9)
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales (artículos 21-22)
- Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (artículo 7 bis).
- Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio (artículo 11)
- RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- RD 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Otra normativa que se pueda aprobar durante estas circunstancias excepcionales.
• Estatutos de Zaragoza Vivienda
• Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
- Encomienda como medio propio y servicio técnico del Ayuntamiento de Zaragoza basado en lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículo 32) y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículo 86).
Categorías de Interesados:
Personal interno de Zaragoza Vivienda y/o familiares, personal externo que preste sus servicios en Zaragoza Vivienda, visitantes que acudan a las instalaciones de Zaragoza Vivienda.
Procedencia de los datos:
El propio interesado o su representante legal.
Categorías de Datos:
- Datos Identificativos: Nombre y apellidos, Documento Identificativo, Dirección Postal, Correo electrónico, Teléfono, Firma.
- Categorías Especiales de Datos: Salud.
- Características Personales: Edad, Sexo, Datos de familia.
- Circunstancias Sociales: No están previstos.
- Académicos y Profesionales: No están previstos
- Detalles de Empleo: Puesto de trabajo/Cargo.
- Económicos, Financieros y de Seguros: No están previstos
- Otros datos que resulten imprescindibles en relación con la situación de emergencia sanitaria.
Categorías de Destinatarios:
Sólo se comunicarán sus datos a las autoridades sanitarias y organismos competentes en la gestión de esta emergencia sanitaria (autoridades de protección civil, servicios de prevención) en los casos legalmente establecidos.
Transferencias Internacionales:
No están previstas
Encargados del Tratamiento:
No están previstos
Plazo de Conservación:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, cumpliendo al menos con el tiempo mínimo de conservación de la información, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.
Medidas de Seguridad:
Las medidas de seguridad implantadas garantizarán la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento que resulten apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento, en los términos exigidos por el artículo 32 del RGPD
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